El permiso requerido para conducir un vehículo especial agrícola depende de su masa máxima (hasta 3.500 kg) y velocidad (hasta 45 km/h). En muchos casos, basta con una licencia de conducción; en otros, se necesita el carné de clase B, según la normativa de la DGT.
Ambos permisos están sujetos al sistema de permiso por puntos. A continuación, te explicamos detalladamente los requisitos y trámites para cumplir con la ley de forma segura y legal.
Pasos a seguir:
Para vehículos especiales agrícolas autopropulsados (con motor) cuya masa no supere los 3.500 kg, es suficiente con la licencia de conducción.
Si la masa excede los 3.500 kg o la velocidad máxima supera los 45 km/h, es obligatorio el carné de clase B para conducir el vehículo.
Requisitos para obtener la licencia de conducción:
- Ser mayor de 16 años.
- Si no eres español, residir legalmente en España al menos 6 meses (normal o por estudios).
- No tener resolución judicial que impida conducir.
- Superar los exámenes psicotécnicos y teórico-prácticos de la DGT.
Pruebas específicas para la licencia de vehículos especiales agrícolas:
- Aptitud psicofísica.
- Conocimientos de normas de circulación y técnicas del vehículo.
- Práctica en circuito cerrado.
Esta licencia se rige por el permiso por puntos, igual que el carné de conducir habitual. Mantén tus puntos para evitar sanciones.