El reglamento de ciclomotores y motocicletas en España, aprobado en 2009 por el Consejo de Ministros, alinea la normativa con la Unión Europea. Conoce las normas clave para conducir estos vehículos de forma segura y legal, incluyendo edades mínimas, requisitos de permisos y novedades principales.
1. Nuevo Reglamento General de Conductores (2009)
Aprobado el 9 de mayo de 2009, este reglamento introduce un permiso específico para motos de media potencia y ajusta la edad mínima para ciclomotores, adaptándose a estándares europeos.
2. Permiso AM (ciclomotores hasta 50 cc)
Edad mínima: 15 años (antes 14). No se permite transportar pasajeros hasta los 18 años, salvo quienes obtuvieron el permiso antes del 1 de septiembre de 2008. Requiere aprobar examen teórico y práctico en circuito cerrado.
3. Permiso A1 (motos hasta 125 cc y 11 kW)
Edad mínima: 16 años. Exámenes: teórico, práctico en circuito cerrado y vía pública.
4. Permiso A2 (motos de hasta 35 kW, potencia/weight ≤ 0,2 kW/kg)
Edad mínima: 18 años. Obtención directa con exámenes teórico y prácticos (circuito y vía pública). O progresiva: con 2 años de A1 + pruebas prácticas.
5. Permiso A (motos sin límite de potencia)
Edad mínima: 20 años con 2 años de A2 (o equivalente A1 previo) + formación específica. Directo: 24 años + teórico, práctico y formación.
6. Renovación de permisos
AM, A1, A2, A y B: cada 10 años hasta 65 años; luego cada 5 años. Profesionales (C, D, etc.): cada 5 años hasta 65; luego cada 3 años.