Existen circunstancias que permiten al cónyuge obligado solicitar la reducción de la pensión alimenticia. Incluso después de un divorcio definitivo, se puede pedir al tribunal que modifique la cuantía establecida inicialmente, basada en las condiciones económicas del momento. Un cambio significativo en las circunstancias del pagador justifica solicitar una nueva orden que reduzca o elimine los pagos.
Solicitud de reducción de pensión alimenticia
La pensión alimenticia es modificable —aumentar o reducir— ante un cambio sustancial en las circunstancias de cualquiera de las partes. Así, un ex cónyuge puede presentar una solicitud post-divorcio.
Por ejemplo, si el pagador sufre una enfermedad o lesión que le impide trabajar, esto califica como cambio relevante, siempre que sea significativo y afecte su capacidad de ganarse la vida.
Cambios en las circunstancias
El concepto de "cambio de circunstancias" lo interpreta el tribunal caso por caso. Para el pagador que busca reducción, ejemplos comunes incluyen:
- Desempleo o disminución de ingresos
- Jubilación
- Enfermedad o discapacidad
- Herencia recibida por el beneficiario
- Cohabitación del beneficiario con nueva pareja
- Apoyo financiero del nuevo socio al beneficiario
- Rechazo del beneficiario a buscar empleo
Carga de la prueba
El solicitante de la reducción debe probar que los pagos actuales generan dificultades financieras graves, impactando su autosuficiencia. Es esencial respaldar la petición con documentación como declaraciones de impuestos, nóminas y extractos bancarios.
El caso Lepis
El precedente clave es Lepis v. Lepis, 83 N.J. 139 (1980), donde la Corte Suprema de Nueva Jersey definió cambios justificables para reducir la pensión:
- Aumento del costo de vida
- Cambio en los ingresos
- Pérdida de vivienda del beneficiario
- Desempleo
- Cohabitación con otro adulto
- Discapacidad post-divorcio por enfermedad o lesión
Nuevo matrimonio y pensión alimenticia
El nuevo matrimonio del pagador no afecta la pensión. Sin embargo, si el beneficiario se casa de nuevo, los pagos cesan inmediatamente. La disolución de este segundo matrimonio no reactiva la pensión original.
Convivencia y pensión alimenticia
La cohabitación del beneficiario con otra persona puede justificar reducción, pero no es automática. El tribunal evalúa:
- Si el nuevo socio aporta económicamente
- Si reside en el hogar sin contribuir a gastos
Se analizan finanzas para verificar si el beneficiario aún necesita la pensión. Aunque el pagador vea esto como oportunidad, el juez prioriza no privar de apoyo necesario.
Tras el divorcio, el pagador puede solicitar reducción ante el tribunal, pero debe preparar evidencia financiera sólida de un cambio de circunstancias para tener éxito.