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Beneficios por fallecimiento del Seguro Social:Esto es lo que puede esperar

Beneficios por fallecimiento del Seguro Social:Esto es lo que puede esperar

Hay dos tipos de beneficios por muerte del Seguro Social:(1) suma global y (2) beneficios para sobrevivientes. Ciertos familiares de personas fallecidas que contribuyeron al sistema del Seguro Social pueden ser elegibles para recibir uno o ambos de estos beneficios después de su muerte. Conozca datos clave sobre los beneficios por fallecimiento del Seguro Social, incluso quién puede calificar y cómo solicitarlos.

Solicitud de beneficios por fallecimiento del Seguro Social

Para recibir cualquier tipo de beneficio por fallecimiento, la persona fallecida debe haber obtenido suficientes créditos del Seguro Social mientras trabajaba para calificar para los beneficios. Esto generalmente sucede una vez que alguien ha trabajado y pagado los impuestos del Seguro Social durante diez años, aunque los requisitos de crédito son diferentes para las personas que mueren muy jóvenes. Presentar una solicitud es la única manera de saber con certeza si califica, aunque es útil revisar las pautas generales de elegibilidad.

  • No se aceptan solicitudes en línea.
  • Para solicitar por teléfono, llame al 800-772-1213.
  • Para presentar la solicitud en persona, diríjase a una oficina local del Seguro Social.

No es necesario que haga una cita con anticipación para ir a una oficina local, pero es probable que la visita tome mucho menos tiempo si lo hace.

Beneficio de suma global por fallecimiento del Seguro Social

El gobierno federal de los EE. UU. financia un beneficio de suma global por fallecimiento (LSDB) de $255 que se paga al cónyuge sobreviviente de una persona fallecida. Si la persona no tiene un cónyuge sobreviviente, se puede pagar al hijo o hijos de la persona fallecida.

  • Si los cónyuges sobreviviente y fallecido vivían en la misma casa al momento de la muerte de la persona, el cónyuge es elegible para recibir la LSDB.
  • Si los cónyuges no vivían en la misma casa en el momento en que uno fallece, el cónyuge sobreviviente calificará para la LSDB si se cumple uno de los siguientes durante el mes de la muerte de la persona:
    • Recibió beneficios basados ​​en el registro de Seguro Social del individuo
    • Se convirtió en elegible para recibir beneficios según el registro de Seguro Social de la persona al momento de su muerte
  • Los niños son elegibles solo si no hay un cónyuge sobreviviente elegible. Los niños no tienen que ser menores de edad o dependientes para calificar para recibir el LSDB.

Use el verificador de elegibilidad en beneficios.gov para tener una buena idea de si califica. Nota:Solo se paga un LSDB por persona fallecida. Si la persona tiene varios hijos, eso no genera pagos múltiples.

Beneficios del Seguro Social para Sobrevivientes

Beneficios por fallecimiento del Seguro Social:Esto es lo que puede esperar

En ciertas circunstancias, el cónyuge, los hijos dependientes o los padres de una persona fallecida pueden ser elegibles para recibir Beneficios de Seguro Social para Sobrevivientes. La cantidad que una persona elegible puede recibir puede variar significativamente según el historial laboral y de ganancias de la persona fallecida y la cantidad de miembros de la familia que califican para los beneficios. Aplicar es la única forma de averiguar (o incluso estimar) una cantidad. Existen reglas claras sobre quién puede y quién no puede recibir los Beneficios para sobrevivientes. Los criterios principales incluyen:

Beneficios de sobrevivientes para cónyuges

El cónyuge actual o anterior de una persona fallecida es elegible para recibir Beneficios para sobrevivientes en cualquiera de las siguientes situaciones.

  • Cónyuge sobreviviente 60+
  • Cónyuge sobreviviente discapacitado 50+
  • Cónyuge sobreviviente o excónyuge de cualquier edad responsable del cuidado del hijo biológico o legalmente adoptado de la persona fallecida menor de 16 años
  • Cónyuge sobreviviente o excónyuge de cualquier edad responsable del cuidado del hijo discapacitado biológico o legalmente adoptado de la persona fallecida de cualquier edad
  • Excónyuge sobreviviente mayor de 60 años que estuvo casado con la persona durante al menos 10 años y no se volvió a casar antes de cumplir los 60
  • Excónyuge sobreviviente discapacitado mayor de 50 años que estuvo casado con la persona durante al menos 10 años y no se volvió a casar antes de cumplir los 50

Beneficios para sobrevivientes para niños

Cada uno de los hijos dependientes de una persona fallecida califica para recibir beneficios por fallecimiento. Los beneficios están disponibles para niños menores, adolescentes adultos que están en la escuela secundaria y niños dependientes de cualquier edad. Estos tipos de beneficios se aplican a los hijos biológicos y adoptados, así como a los hijastros dependientes. En situaciones en las que un abuelo fallecido ha estado actuando como padre de un niño porque el padre ha fallecido o está discapacitado, los nietos pueden calificar para este tipo de apoyo financiero. Descubra más datos clave sobre los beneficios por muerte del Seguro Social para niños.

Beneficios para los padres

En algunos casos, los padres de una persona fallecida pueden calificar para los beneficios de sobrevivientes del Seguro Social. Para que esto sea así, los padres deben tener al menos 62 años y haber dependido económicamente de su hijo fallecido. Para ser dependiente, los padres deben haber dependido de su hijo fallecido para al menos la mitad de su sustento económico. Se aplican otros criterios, como la cantidad de Seguro Social a la que tiene derecho el padre y si se casan después de la muerte del niño. Los padrastros naturales, biológicos y padrastros que califiquen pueden ser elegibles para este beneficio.

Beneficios por fallecimiento del Seguro Social:qué esperar

Esta es solo una descripción general de lo que puede esperar en relación con los beneficios por muerte del Seguro Social. Las reglas son complejas de navegar, aplicar y comprender. Por eso es tan importante ser proactivo al solicitar beneficios si cree que puede calificar. Esté preparado para proporcionar documentación de su identidad y ciudadanía o estado de extranjero autorizado junto con un certificado de defunción de la persona fallecida y prueba de su relación con esa persona.