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Beneficios por Fallecimiento del Seguro Social: Lo que Debes Saber y Esperar

Beneficios por Fallecimiento del Seguro Social: Lo que Debes Saber y Esperar

Existen dos tipos principales de beneficios por fallecimiento del Seguro Social: el pago único (suma global) y los beneficios mensuales para sobrevivientes. Familiares calificados de personas aseguradas fallecidas pueden acceder a uno o ambos. Conoce los detalles clave sobre elegibilidad y solicitud, respaldados por las normas oficiales de la Administración del Seguro Social (SSA).

Cómo Solicitar Beneficios por Fallecimiento del Seguro Social

Para calificar, el fallecido debe haber acumulado suficientes créditos del Seguro Social durante su vida laboral, generalmente equivalentes a 10 años de cotizaciones. Los requisitos varían para fallecidos jóvenes. La solicitud es el único modo de confirmar elegibilidad; revisa las pautas generales para prepararte.

  • No hay solicitudes en línea disponibles.
  • Por teléfono: llama al 1-800-772-1213 (TTY 1-800-325-0778).
  • En persona: acude a una oficina local del Seguro Social.

Recomendamos programar una cita para agilizar el proceso, aunque no es obligatoria.

Beneficio de Suma Global por Fallecimiento (LSDB)

La SSA ofrece un pago único de $255 al cónyuge sobreviviente o, en su ausencia, a los hijos del fallecido.

  • Si convivían en el mismo hogar al momento del deceso, el cónyuge califica automáticamente.
  • Si no convivían, el cónyuge es elegible si, en el mes del fallecimiento:
    • Recibía beneficios basados en el registro del fallecido, o
    • Se volvió elegible para ellos.
  • Los hijos califican solo sin cónyuge elegible; no requieren ser menores o dependientes.

Verifica tu elegibilidad en benefits.gov. Nota: Solo un pago por fallecido, independientemente del número de hijos.

Beneficios Mensuales del Seguro Social para Sobrevivientes

Beneficios por Fallecimiento del Seguro Social: Lo que Debes Saber y Esperar

En casos específicos, cónyuges, hijos dependientes o padres del fallecido pueden recibir pagos mensuales. El monto depende del historial de ganancias del asegurado y el número de beneficiarios. Solo la solicitud revela el monto exacto. Principales criterios de elegibilidad:

Beneficios para Cónyuges Sobrevivientes

El cónyuge actual o ex cónyuge califica si:

  • Es mayor de 60 años.
  • Es mayor de 50 años y discapacitado.
  • Cuida a un hijo del fallecido menor de 16 años (o discapacitado, de cualquier edad).
  • Ex cónyuge mayor de 60 años, casado al menos 10 años y sin recasarse antes de los 60.
  • Ex cónyuge discapacitado mayor de 50 años, con idénticos requisitos.

Beneficios para Hijos

Hijos dependientes (biológicos, adoptados, hijastros) reciben beneficios: menores de 18, estudiantes hasta 19 años o discapacitados. Nietos pueden calificar si el abuelo fallecido actuaba como padre.

Beneficios para Padres

Padres mayores de 62 años que dependían económicamente (al menos 50%) del hijo fallecido. Incluye padrastros calificados; otros criterios aplican, como matrimonio posterior.

Qué Esperar de los Beneficios por Fallecimiento

Estas son pautas generales; las normas son complejas. Actúa pronto si crees calificar. Prepara: identificación, prueba de ciudadanía/estatus migratorio, certificado de defunción y evidencia de relación. Visita ssa.gov para más detalles oficiales.