Si has adquirido un coche para mayor comodidad familiar, te has mudado a una zona sin transporte público o estás ampliando la familia, es normal plantearte dudas sobre la seguridad infantil en el vehículo. Como experto en normativa vial, resolvemos tu principal interrogante: ¿cuándo puede ir un niño en el asiento delantero del coche? Siguiendo las directrices de la Dirección General de Tráfico (DGT), garantizamos la máxima protección para tus hijos.
La normativa DGT sobre el asiento de los niños en el coche
Desde el 1 de octubre de 2015, la DGT establece que los menores de 135 cm de altura deben viajar en los asientos traseros con un sistema de retención infantil (SRI) adecuado a su peso y talla. Los SRI se clasifican en grupos del 0 al III, adaptados a las necesidades específicas de cada niño para ofrecer la mejor protección.
Si el niño supera los 135 cm, puede ocupar el asiento delantero con cinturón de seguridad. No obstante, la DGT recomienda esperar a los 150 cm y priorizar el asiento trasero con SRI, ya que reduce significativamente el riesgo de lesiones graves en accidentes, aunque no lleve sanción.
El incumplimiento conlleva una multa de 200 euros y la pérdida de 3 puntos del carnet. Lo más crítico es el riesgo para el menor. La ley prevé excepciones para vehículos biplaza o familias numerosas, siempre con SRI homologado.
Excepciones permitidas por la DGT
La normativa contempla 3 excepciones claras:
- Vehículos sin asientos traseros, como biplazas o furgonetas con solo plazas delanteras.
- Cuando los asientos traseros no permiten instalar SRI, y solo el delantero es compatible.
- Asientos traseros ocupados por otros menores de ≤135 cm (ej. 3 o 4 niños), obligando a uno al delantero con SRI adecuado.
Requisitos para viajar en el asiento delantero
Si el niño debe ir delante, instala siempre un SRI homologado; el cinturón solo no es suficiente. Para grupos 0 o 0+ (0-13 kg), coloca el SRI en sentido contrario a la marcha y desactiva el airbag del copiloto. Si no es manual, acude a un taller autorizado.