El tribunal puede ordenar que uno de los cónyuges pague pensión alimenticia al otro. Tradicionalmente, estos pagos los realizaba el esposo a su exesposa, pero con más mujeres trabajando fuera del hogar, es cada vez más común que las mujeres aporten apoyo financiero a sus exesposos.
Los pagos pueden ser temporales hasta que el exesposo alcance la autosuficiencia, se recasé o conviva con otra persona. En casos donde no pueda trabajar, se ordenan pagos permanentes.
Métodos para Hacer Cumplir la Pensión Alimenticia
Si no se cumplen los pagos de manutención conyugal, existen diversas medidas legales para su enforcement.
Desacato al Tribunal
Si el tribunal ha ordenado pagos y no se cumplen, presenta una demanda por desacato. Úsala cuando el pagador tiene medios pero se niega. No para hostigar. El moroso debe defenderse, incluso fuera de jurisdicción. El juez puede ordenar deducciones de nómina, retiros bancarios o incluso cárcel hasta cumplimiento.
Embargo de Salarios
Opción económica: embargo salarial. La ley federal limita al 25%, algunos estados menos. La Ley de Protección de Crédito al Consumidor (CCPA) prohíbe despidos por esto.
Pensión Alimenticia y Manutención Infantil
Algunos estados ayudan con manutención conyugal si hay atrasos infantiles del mismo pagador. Contacta la agencia local de cumplimiento infantil. Cesa al saldar infantil.
Agencia Privada de Recaudación
Contrata agencias como Support Collectors, que cobra 30% de recuperado sin tarifa inicial. Investiga: verifica Better Business Bureau, tarifas, investigadores y abogados.
Contratar un Abogado
Existen múltiples vías. Consulta un abogado de familia para opciones. Primero, investiga si es retención deliberada o imposibilidad. Luego, plan de acción específico.