La mayoría de los veteranos dados de baja con honores son elegibles para uno o más beneficios por fallecimiento de la Administración de Veteranos (VA). Los beneficios de entierro para los veteranos incluyen el entierro en un Cementerio Nacional y/o un subsidio de entierro para reembolsar al miembro de la familia u otra parte responsable que pague los gastos finales del veterano. En algunos casos, los dependientes sobrevivientes de los veteranos fallecidos pueden calificar para una compensación financiera u otros beneficios, como asistencia educativa o cobertura de salud.
Entierro en el Cementerio Nacional
La mayoría de los veteranos dados de baja con honores y todos los veteranos que fallecieron mientras estaban en servicio activo o durante el entrenamiento (ya sea en servicio activo o inactivo) son elegibles para ser enterrados en un Cementerio Nacional que tenga espacio disponible. Esto es cierto tanto para los restos en ataúd como para los cremados. Este beneficio también está disponible para cónyuges, hijos menores e hijos adultos dependientes solteros de veteranos elegibles. Los datos clave a tener en cuenta incluyen:
- Los entierros del Cementerio Nacional no se pueden reservar ni programar con anticipación.
- No puede solicitar un entierro en el Cementerio Nacional a través de Internet.
- Use esta lista de verificación provista por VA para reunir los documentos que necesitará para programar el entierro.
- Envíe por fax la documentación oficial de baja del veterano al 866-900-6417 o envíela por correo electrónico a [email protected] (a menos que el entierro sea para el cónyuge o hijo dependiente de un veterano que ya está enterrado en un Cementerio Nacional).
- Después de enviar la documentación del alta, llame a la Oficina Nacional de Programación del Cementerio al 800-535-1117 para hacer los arreglos. Están abiertos los siete días de la semana, de 7 a. m. a 6:30 p. m. Tiempo central.
- La oficina de programación está cerrada el Día de Acción de Gracias, Navidad y Año Nuevo.
- El VA proporcionará el espacio y su cuidado perpetuo, se encargará de abrir y cerrar la tumba, marcará el lugar de la tumba (con una lápida, un marcador o un medallón del gobierno) y entregará a la familia una bandera de entierro y un Certificado conmemorativo presidencial.
- La familia deberá trabajar con una funeraria o un servicio de cremación para coordinar el funeral o la cremación. La familia será responsable de los costos de estos servicios, pero también puede ser elegible para un subsidio de entierro (consulte la siguiente sección).
En algunas situaciones, el VA puede pagar o reembolsar parte o la totalidad del costo de transportar los restos de un veterano fallecido a un Cementerio Nacional. Esto se aplica a las muertes relacionadas con el servicio y las situaciones en las que un veterano fallece mientras está internado en un hospital del VA o en un asilo de ancianos contratado por el VA, o mientras viaja con la autorización del VA para recibir atención.
Asignación de entierro de VA para cementerios privados
Los beneficios de entierro de VA no se limitan a entierros en un cementerio nacional. Cuando el cónyuge sobreviviente de un veterano dado de baja con honores, pareja a través de una unión legal, hijo, padre o albacea testamentario paga los costos de su funeral y/o entierro, pueden ser elegibles para recibir un reembolso por parte o la totalidad de los gastos.
¿Qué veteranos son elegibles?
Existen requisitos específicos con respecto a la elegibilidad de veteranos para el reembolso de gastos de entierro. Los veteranos que cumplan con al menos uno de los siguientes requisitos al momento de su muerte pueden calificar.
- Recibir una pensión o compensación de VA
- Recibir la jubilación militar completa o el pago por discapacidad en lugar de la pensión o compensación del VA para la que eran elegibles
- Morir como resultado de una discapacidad relacionada con el servicio
- Morir mientras recibe atención en un centro de VA (o uno contratado por VA)
- Morir mientras viaja a un centro médico para recibir atención que el VA ha autorizado y está pagando
- Morir con un reclamo pendiente de compensación o pensión del VA, suponiendo que hubiera tenido derecho a los beneficios antes de fallecer
Hay algunas excepciones específicas. Por ejemplo, los beneficios de entierro del VA no están disponibles para los veteranos que fallecen mientras cumplen una sentencia en una prisión federal o mientras ocupan un cargo en el Congreso de los Estados Unidos. Los beneficios de entierro de VA tampoco están disponibles para los miembros del servicio que fallecieron mientras estaban en servicio activo porque se aplican diferentes beneficios.
Subsidio para beneficios de entierro de veteranos
El monto de la asignación de VA varía según el momento en que murió el veterano, si la muerte estuvo relacionada con el servicio o no, y si el veterano estaba bajo el cuidado de VA en el momento de la muerte. Para los veteranos cuyas muertes están relacionadas con el servicio, $2,000 es la asignación total máxima para entierro. Para las muertes no relacionadas con el servicio, los montos varían según si la persona murió mientras estaba ingresada en un hospital de VA. Los montos en la tabla a continuación son montos máximos que se aplican a quienes fallecieron el 1 de octubre de 2021 o después.
Subsidio de entierro no relacionado con el servicio Entierro/Cremación Compra de Terreno Marcador No estaba en el hospital VA en el momento de la muerte $300 $828 $231 Hospitalizado en un centro de VA al momento de la muerte $828 $828 $231Solicitar el subsidio de entierro de VA
Con la excepción de los cónyuges sobrevivientes que se especifican como tales en el perfil del veterano, las personas calificadas que pagan los gastos finales de un veterano deben solicitar los beneficios dentro de los dos años posteriores al entierro o cremación del veterano. Para los cónyuges sobrevivientes, el VA enviará automáticamente la cantidad correspondiente después de recibir la notificación de la muerte del veterano. La información necesaria para aplicar incluye:
- Número de Seguro Social o número de archivo VA
- Fecha de nacimiento
- Lugar de nacimiento
- Fecha de muerte
- Lugar de fallecimiento
- Estatus/historial militar
- DD214 u otros documentos de separación del servicio militar
- Certificado de defunción
- Documentación de los costos asociados con el transporte de restos (si corresponde)
Beneficios de sobrevivientes para dependientes de veteranos fallecidos
En algunas situaciones, los dependientes sobrevivientes de los veteranos son elegibles para otros beneficios por fallecimiento. Los hechos relacionados con la muerte del veterano afectan la elegibilidad para los beneficios de los sobrevivientes, al igual que las circunstancias de los dependientes sobrevivientes.
Beneficio de Pensión para Sobrevivientes
Los cónyuges sobrevivientes y los hijos dependientes de un veterano fallecido que prestó servicio durante la guerra pueden ser elegibles para una Pensión de sobreviviente. La elegibilidad se basa en su patrimonio neto e ingresos. Las tarifas y los requisitos de calificación los establece el Congreso y se ajustan anualmente. Para 2022, los dependientes calificados cuyo valor neto e ingresos sumen $138,489 o menos califican para recibir este beneficio. La cantidad varía según una amplia variedad de factores, incluido el tamaño de la familia, los gastos médicos y si los dependientes reciben dinero a través de otros programas de beneficios.
Compensación por Dependencia e Indemnización de VA
En algunas situaciones, los cónyuges sobrevivientes, los padres y los hijos dependientes de los veteranos fallecidos que fallecieron como resultado de una enfermedad o lesión relacionada con el servicio pueden ser elegibles para recibir una compensación de dependencia e indemnización (DIC) del VA exenta de impuestos. Los cónyuges deben cumplir requisitos específicos relacionados con la duración y el momento del matrimonio y la cohabitación. Los padres del veterano fallecido deben cumplir con los requisitos de ingresos. Los niños menores son elegibles, al igual que los solteros de 18 a 23 años que están en la escuela.
Cobertura de Salud a través de TRICARE
Los miembros de la familia que están cubiertos por el plan TRICARE de un veterano en el momento de la muerte del veterano pueden permanecer en el plan. El costo, los términos y las condiciones seguirán siendo los mismos que en el momento en que murió el veterano. El cónyuge sobreviviente del veterano podrá permanecer en TRICARE siempre que no se vuelva a casar. Los hijos del veterano podrán mantener TRICARE hasta que cumplan 21 años. Al cumplir 21 años, siempre que el hijo adulto no se case ni se vuelva independiente, puede hacer la transición a una póliza TRICARE para adultos jóvenes.
Programa de préstamos hipotecarios VA
Los cónyuges sobrevivientes de veteranos que fallecieron en servicio activo o como resultado de una discapacidad relacionada con el servicio pueden ser elegibles para calificar para el programa de préstamos hipotecarios del VA. Este beneficio está disponible para los cónyuges sobrevivientes que no se volvieron a casar, así como para aquellos que se volvieron a casar después de los 57 años o antes del 16 de diciembre de 2003. En algunos casos, los cónyuges sobrevivientes de veteranos que quedaron totalmente discapacitados por una razón relacionada con el servicio pero cuya muerte fue causada por otra razón también puede ser elegible para calificar para una hipoteca respaldada por VA.
Capítulo 35 Beneficios educativos
Los cónyuges e hijos dependientes (hasta los 31 años) de veteranos fallecidos que fallecieron durante el servicio activo o como resultado de una discapacidad relacionada con el servicio son elegibles para recibir asistencia para la educación superior. Este beneficio está cubierto por el Título 38, Capítulo 35 del Código de los Estados Unidos (U.S.C.), que establece la Asistencia educativa para dependientes (DEA). Las personas elegibles tienen derecho a asistencia educativa para ayudar a financiar hasta 45 meses de estudio a tiempo completo (o el equivalente si asisten a la escuela a tiempo parcial).
Navegando por los beneficios por muerte de veteranos
Hay una serie de beneficios de entierro y muerte disponibles para los veteranos dados de baja honorablemente y sus dependientes sobrevivientes. Ahora que está familiarizado con los diversos programas y tiene una buena idea de cuáles puede ser elegible para recibir, es una buena idea comunicarse con la Oficina de Asistencia para Sobrevivientes de VA. Su equipo profesional y compasivo está dedicado a ayudar a los dependientes sobrevivientes de los veteranos fallecidos a navegar las complejidades del sistema VA.